Pasa a sanción presidencial la reforma al sistema de Riesgos Laborales.
1. Dispone que los trabajadores independientes deben ser afiliados al sistema general de riesgos laborales, incluye a estudiantes que realicen trabajos.
2. Se modifica la definición de accidente y enfermedad: Se incluyen permisos sindicales, actividades recreativas que representen al empleador, en cuanto a la enfermedad no limita a que aprezca en la tabla de enfermedades profesionales.
3. El nombre de Sistema de riesgos profesionales cambia a Sistema de riesgos LABROALES.
4. Establece mayor control a las ARL (administradoras de riesgos laborales antes ARP) SE CREA UNA COMISION ESPECIAL PARA EL CONTROL DE LOS RIESGOS LABORALES.
5. Se imponen multas que oscilan entre 20 a 1000 SMMLV A LAS EMPRESAS QUE HAYAN INCLUMPLIDO LAS NORMAS DE SALUD OCUPACIONAL Y QUE HAYA GENERADO UNA ACCIDENTE GRAVE Y/O FATAL.
6. La mora nos era motivo para la desafiliación del TRABAJADOR del SRL ( sistema de riesgos laborales)
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