jueves, 16 de agosto de 2012

Buenos dias,
A partír del 23 de julio de 2012, se firmó la resolución 1409 por la cual se establece el Reglamento de Seguridad para protección contra caídas en el trabajo en alturas.
Algunos temas a tener en cuenta:

1. Para efectos de la aplicación, se entenderá su obligatoriedad en todo trabajo en el que exista el riesgo de caer a 1,50 m o más sobre un nivel inferior.

2. En el caso de la construcción de nueva edificaciones y obras civiles, se entenderá la obligatoriedad de esta resolución una vez la obra haya alcanzado una altura de 1,80 m ó más sobre un nivel inferior.

3. Se exceptúan de la aplicación de la presente resolución, las sgte. actividades:
    3.1. Actividades de atención de emergencias y rescate.
    3.2. Actividades lúdicas, deportivas, de alta montaña o andinismo y artística.




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